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https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8976
Título: | ¿Es inevitable la gestación por sustitución? : reflexiones a partir de una sentencia judicial | Autor: | Viar, Ludmila A. Lafferrière, Jorge Nicolás |
Palabras clave: | GESTACION POR SUSTITUCION; REPRODUCCION ASISTIDA; CONTRATOS; FILIACION; NULIDAD; BIODERECHO | Fecha de publicación: | 2015 | Editorial: | La Ley | Cita: | Viar, L.A., Lafferrière, J.N. ¿Es inevitable la gestación por sustitución? : reflexiones a partir de una sentencia judicial [en línea]. Derecho de Familia y de las Personas 2015 (noviembre), 220. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8976 | Proyecto: | Bioderecho: Desafíos jurídicos para la persona humana planteados por la genética y las biotecnologías | Resumen: | Sumario: I. Introducción. — II. Hechos de la sentencia analizada. — III. Argumentos de la sentencia analizada.
— IV. Análisis de dos casos previos sobre gestación por sustitución. — V. La sentencia y la interpretación del
derecho aplicable. — VI. Otras reexiones sobre la nulidad del acuerdo de gestación por sustitución. — VII.
Conclusión. Introducción: En mayo de 2015, la juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil Nro. 102 dictó sentencia en los autos "C., F. A. Y OTRO c/ R. S., M.L. s/IMPUGNACION DE MATERNIDAD" haciendo lugar a la acción que impugnó la maternidad establecida por el parto con fundamento en una prueba biológica y en el marco de un proceso de "gestación por sustitución" y emplazó a la requirente como madre en razón de haber aportado los óvulos utilizados para la concepción de la hija. Se trata de una sentencia que afirma tomar en cuenta el interés superior del niño y que actúa a partir de hechos consumados: con la intermediación de una clínica de fertilidad, un matrimonio requirente encargó la concepción de embriones con gametos de la pareja y su transferencia a una mujer que se comprometió a entregar a la niña a su nacimiento. Este contrato, conocido generalmente como "maternidad subrogada" o "gestación por sustitución", fue ejecutado materialmente, pero la determinación legal de la filiación se realizó a través de esta sentencia judicial que, de alguna manera, perfeccionó el contrato. La requirente que aportó el óvulo y su marido impugnan la maternidad y la madre gestante se allana lisa y llanamente a la acción. Mientras que muchos de los casos planteados hasta el momento se referían a contratos de gestación por sustitución en países que admiten tal figura con la pretensión de inscribir al niño bajo las reglas de filiación de la Argentina (1), el presente caso constituye un supuesto en que todo transcurre en nuestro país. Igualmente, a diferencia de otros casos, en este supuesto no se trata de solicitar judicialmente la exigibilidad del contrato de gestación de sustitución o solicitar una autorización previa para hacer una gestación por sustitución, sino que aquí nos encontramos ante "hechos consumados" y acciones de impugnación y reclamación de maternidad bajo el amparo de las normas civiles vigentes (2). En el presente comentario breve (3), realizaremos una síntesis de los hechos y los argumentos de la sentencia, haremos una sintética referencia a dos sentencias anteriores relacionadas con este fallo y concluiremos con algunas reflexiones orientadas a cuestionar un presupuesto asumido acríticamente por esta sentencia y por buena parte de la doctrina. Nos referimos a la pretendida inevitabilidad de la gestación por sustitución. |
URI: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8976 | ISSN: | 1852-8708 | Disciplina: | DERECHO | Derechos: | Acceso abierto | Fuente: | Derecho de Familia y de las Personas 2015 (noviembre), 220 |
Aparece en las colecciones: | Artículos |
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