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Título : Razón de predestinación : la controversia entre el concursus simultaneus molinista y la praemotio physica tomista
Autor : Larraguibel Diez, Luis E. 
Otros colaboradores: Semana Tomista : justicia y misericordia (41ª : 2016 : Buenos Aires)
Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras ; Sociedad Tomista Argentina
Palabras clave : FILOSOFIAPREDESTINACIONCREACIONLIBERTADLIBRE ALBEDRIOTomás de Aquino, Santo, 1225?-1274
Fecha de publicación : 2016
Cita : Larraguibel Diez, L. E. Razón de predestinación : la controversia entre el concursus simultaneus molinista y la praemotio physica tomista [en línea]. XLI Semana Tomista. Justicia y Misericordia : 12 a 16 de septiembre. Buenos Aires : Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras, 2016. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/3707
Resumen : Resumen: En 1588, el jesuita Luis de Molina publicaría su famosa Concordia liberi arbitrii cum gratiae donis, en la cual intenta defender – contra el fatalismo protestante - la libre determinación de la voluntad con respecto a su fin último sobrenatural. Sin embargo, las explicaciones teológicas del P. Molina suponen graves errores metafísicos, particularmente contra los atributos divinos y el gobierno y providencia de Dios sobre sus creaturas. El sistema molinista se fundamenta en cuatro tesis fundamentales: primero, el concurso general o simultáneo de Dios sobre las causas segundas en las que Dios no obra in sino cum causa, donde la acción de la creatura determina al Creador a producir conjuntamente un efecto; segundo, el concurso particular en las acciones sobrenaturales de la creatura, donde la eficacia de la gracia depende exclusivamente del libre arbitrio creado y no del decreto divino; tercero, la ciencia media – ubicada entre la ciencia de simple inteligencia y visión – por la cual Dios conoce los futuros contingentes de modo condicional y no necesario, es decir, el Creador coloca a la voluntad creada en un determinado orden de circunstancias y ésta se hace responsable de su elección, eliminando la posibilidad de ser predeterminada tanto a su salvación como a su condenación; y, finalmente, la causa de la presdestinación es propter merita creaturae y no de la elección de Dios, quien sólo se limita a dar los auxilios necesarios para salvarse. En nuestra presentación, nos detendremos particularmente en la primera tesis y efectuaremos la crítica correspondiente, apoyándonos en los pasajes del corpus thomisticum, la Apología de los Padres Dominicos contra las tesis molinistas y la doctrina de los principales tomistas que apoyan la premoción física: es decir, sólo Dios es Acto Puro y es causa del movimiento actualizador tanto de las potencias naturales como espirituales, pues todo efecto – sea contingente o necesario – depende de la voluntad divina que trasciende todo orden de necesidad y contingencia: de allí que sólo Dios puede mover eficazmente nuestro intelecto y voluntad, y no por eso nuestros actos dejan de ser nuestros y personales. Nuestro libre albedrío no escapa de esta dependencia con respecto a la Causa primera, quien se comporta analógicamente como causa instrumental de la virtud divina: en efecto, esta causa adquiere su virtud operativa en cuanto recibe la forma del instrumento y cuando es movida por el agente principal al efecto.
URI : https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/3707
Disciplina: FILOSOFIA
Derechos: Acceso Abierto
Aparece en las colecciones: ST 2016

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