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Título : Cogitativa y Prudentia Iuris : la cogitativa como sujeto secundario de la prudencia
Autor : Muszalski, Hernán 
Palabras clave : Tomás de Aquino, Santo, 1225?-1274COGITATIVAPRUDENCIAETICADERECHO
Fecha de publicación : 2013
Editorial : EDUCA
Cita : Muszalski, H.. Cogitativa y Prudentia Iuris : la cogitativa como sujeto secundario de la prudencia [en línea], Prudentia Iuris, 75. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2768
Resumen : Resumen: En el conjunto de los sentidos internos Santo Tomás otorga especial importancia a la cogitativa, por ser la potencia cognoscitiva de orden sensitivo más cercano a lo racional. Por ser esencialmente sensitiva y material está sujeta a una determinación natural en la aprehensión de su objeto formal y en su funcionamiento, y a causa de ello no puede ser sujeto de hábitos que la cualifiquen. Sin embargo, el Aquinate la vincula con el hábito de la prudencia, hasta el punto de otorgarle un puesto importante en la vida moral del hombre. En general todas las potencias sensitivas del hombre están sometidas a un determinismo natural. Sin embargo, ellas participan de lo racional en mayor o menor medida, participación que se traduce en un gobierno operativo de la razón. En el caso de la cogitativa se da un especial gobierno y dirección de la razón universal por su cercanía y continuidad con ella. Santo Tomás explica que los sentidos internos pueden ser sujeto de virtud en la medida en que están sometidos al gobierno racional. Como la cogitativa es una ratio particularis que aprehende el aspecto operable de las imágenes, es el hábito de la prudencia el que la perfecciona. Por esto, su papel en el silogismo prudencial resulta fundamental, al permitir el pasaje de los principios universales a las elecciones singulares. El silogismo jurídico del juez o del legislador es un caso particular del silogismo práctico-prudencial. Cuando la cogitativa está adecuadamente cualificada por la prudencia resulta indispensable para la elección correcta en materia jurídica.
Abstract: In the whole of the inner senses Thomas Aquinas gives particular importance to the cogitative power, as the nearest to the rational cognitive sensitive power. Being essentially sensory and material is subject to a natural determination in the apprehension of its formal object and its operation, and because of this cannot be the subject of habits that qualify it. But the Aquinas linked it to the habit of prudence, to the point of giving an important place in the moral life of man. In general, all the sensitive powers of man are subject to natural determinism. However they participate from the rational to a greater or lesser extent, resulting in an operating government. For the cogitative is given a special government and direction of universal reason for its proximity and continuity with it. Thomas explains that the inner senses may be subject of virtue to the extent that they are subject to rational government. As the cogitative is a ratio particularis apprehending operable appearance of images, the habit of prudence perfects it. Therefore, its role in prudential syllogism is essential, to allow passage of the universal principles to the singular elections. The legal syllogism of judge or legislator is a particular case of the practical-prudential syllogism. When the cogitative power is properly qualified by prudence, it is indispensable for the correct choice in legal matters.
URI : https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2768
ISSN : 0326-2774
Disciplina: DERECHO
Derechos: Acceso Abierto
Aparece en las colecciones: PI - 2013 nro. 75

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