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Título : La donación de gametos en las técnicas de reproducción asistida : breve comentario sobre la responsabilidad de los donantes
Autor : Cabrera, Rodrigo 
Palabras clave : DONACIONGAMETOSREPRODUCCION ASISTIDADONANTES
Fecha de publicación : 2014
Editorial : Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
Cita : Cabrera, R. (2014). La donación de gametos en las técnicas de reprodución asistida : breve comentario sobre la responsabilidad de los donantes [en línea] Documento inédito. Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2719
Resumen : Introducción: El fenómeno científico pareciera ser imparable y el Derecho, como ciencia social que es, no puede ser ajeno a esta realidad. La ciencia abarca, cada vez con mayor amplitud, diversos aspectos en la vida del hombre, lo cual hace algunos años, e incluso siglos atrás, era considerado totalmente improbable. Entre dichos aspectos, nos resulta de interés el avance científico en lo relativo a las técnicas de reproducción asistida, que si bien en los hechos no resultaba ya una novedad, sí lo ha sido tal en el campo del Derecho argentino que recientemente le ha otorgado a este fenómeno un status jurídico del cual antes carecía. En efecto, el Congreso Nacional estableció mediante la ley 26.862 el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, sancionada el 5 de junio de este año. Sin embargo, este aval legislativo no deja de presentar ciertos interrogantes que la misma legislación aún no se ha encargado de aclarar, y dada su reciente incorporación a nuestro ordenamiento jurídico, si bien han sido muchos los doctrinarios que han discutido el tema, la realidad es que ningún tribunal de nuestro país ha tenido aún la posibilidad de pronunciarse al respecto. Más allá de las controversias éticas que puede llegar a presentar para algunos la realización de este tipo de tratamientos médicos2, nuestro enfoque no se centrará en temas tales como la crio preservación de embriones o su posterior implantación. Tampoco será la finalidad de este artículo entrar a considerar el tema del derecho a la identidad de las personas concebidas por medio de estas técnicas, cuestión que puede llegar a presentar inquietudes en los casos de donación de embriones. Se hará hincapié, en el marco de la denominada “fecundación heteróloga” en aquellas personas que permiten que estos tratamientos se lleven a cabo; nos referiremos, en efecto, a aquellos individuos que, con la donación de sus gametos (femeninos o masculinos) hacen posible la fecundación intra o extracopórea
Cobertura Espacial: ARGENTINA
URI : https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2719
Disciplina: DERECHO
Derechos: Acceso Abierto
Aparece en las colecciones: Documentos de Trabajo

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