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https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20573
Campo DC | Valor | Lengua/Idioma |
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dc.contributor.author | Urbaneja, Marcelo Eduardo | es |
dc.date.accessioned | 2025-09-23T16:56:30Z | - |
dc.date.available | 2025-09-23T16:56:30Z | - |
dc.date.issued | 2025 | - |
dc.identifier.other | ED-VI-CCXLIV-867 | - |
dc.identifier.uri | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20573 | - |
dc.description.abstract | Procuro compartir reflexiones en torno a la dinámica transmisiva de cosas registrables, enfocado en dos proyecciones de la buena fe. Por un lado, la determinación de cómo se conforma en los casos de los llamados “subadquirentes”; por otro, su impotencia para generar una titularidad inmediata en quien adquiera de un subadquirente que a su vez adquirió de un no titular. Los artículos 392 y 2260 del CCyCN señalan los requisitos que debe cumplir quien, adquiriendo por vía derivada de quien, a su vez, adquirió por una causa inválida, pretenda ser titular del derecho. A este “adquirente del adquirente” es al que esos preceptos denominan “subadquirente”. Se trata de una adquisición legal (artículos 1894 y 1895 del CCyCN) que permite vencer la tara implicada en la falta de legitimación (dimanada del artículo 399 del CCyCN, que impide la transmisión de un derecho mejor o más extenso que el que pertenece al enajenante). Descarto, por no presentar dificultad, las exigencias de una adquisición válida y un título oneroso. Resta la buena fe, la que, si bien se presume en diversos ámbitos (y en materia posesoria no hay excepción: artículo 1919, CCyCN), determina el segundo párrafo del artículo 1902 del CCyCN que consiste en no haber conocido ni podido conocer la falta de derecho a ella. Cuando se trate de cosas registrables, el tercer párrafo de este último artículo establece que la buena fe “requiere el examen previo de la documentación y constancias registrales”. Se imponen dos derivaciones obvias, pero fundamentales de esta regla legal. | es |
dc.format | application/pdf | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | El Derecho | es |
dc.rights | Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional | * |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ | * |
dc.source | El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 18 de septiembre de 2025 - Nº 16.050 | es |
dc.subject | DERECHO CIVIL | es |
dc.subject | DERECHO A LA PROPIEDAD | es |
dc.subject | DERECHOS REALES | es |
dc.subject | BUENA FE | es |
dc.title | La buena fe en la adquisición de derechos reales sobre cosas registrables | es |
dc.type | Artículo | es |
uca.issnrd | 1 | es |
uca.affiliation | Fil: Urbaneja, Marcelo Eduardo. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina. | es |
uca.affiliation | Fil: Urbaneja, Marcelo Eduardo. Universidad Austral; Argentina. | es |
uca.version | publishedVersion | es |
item.fulltext | With Fulltext | - |
item.grantfulltext | open | - |
item.languageiso639-1 | es | - |
Aparece en las colecciones: | XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. Comisión 6: El principio de buena fe y su aplicación en el ámbito de los derechos reales |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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