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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorPortela, Jorge Guillermoes
dc.date.accessioned2024-12-16T11:47:46Z-
dc.date.available2024-12-16T11:47:46Z-
dc.date.issued2020-
dc.identifier.isbn978-987-620-485-9-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/19229-
dc.description.abstractEsta investigación procura ahondar en los orígenes de la peculiar explicación acerca del fundamento de la sociedad política que es el contractualismo. Tendremos que trabajar cuidadosamente, ya que la misma designación “contractualismo” o “pactismo”, nos remite ineludiblemente a las tres versiones más difundidas de dicha teoría: la propuesta por Thomas Hobbes, principalmente en el Leviatán; la que explicara John Locke, esbozada en el segundo Ensayo sobre el gobierno civil; y la perteneciente a Jean Jacques Rousseau, quien se encarga de describirla en sus principales obras dedicadas al estudio de las relaciones entre el hombre y el Estado: El contrato social, El Discurso sobre la desigualdad entre los hombres y el Emilio o la educación. Podríamos preguntarnos, con todo derecho, si el contractualismo en estado puro no es, acaso, una concepción mucho más antigua, una teoría “clásica”, para decirlo sintéticamente. Se podría entonces averiguar legítimamente si la concepción que nos ocupa, en lugar de ser una elaboración relativamente moderna (tengamos en cuenta que la obra de Hobbes, el Leviatán, data de mediados del siglo XVII –1651, para ser más exactos–), no es quizá la exposición, o la versión, de una peculiar forma de entender los vínculos que unen al hombre con el Estado (o con el poder), cuyos gérmenes más evidentes pueden verse ya en los albores mismos de la historia de las ideas. Al respecto, no podemos dejar de evocar los precisos estudios de Max Weber, quien concluía que la significación del “contrato”, en el sentido de un convenio libre como fundamento jurídico de ciertas pretensiones y deberes, se hallaba muy extendida en las épocas y estadios más lejanos del desarrollo del derecho. Precisaba además, el gran pensador alemán que en realidad el contrato racional libremente celebrado, ya sea como fundamento histórico real de todas las formas de socialización, incluyendo al Estado, ya como criterio de estimación, llegó a ser uno de los principios formales universales de la construcción iusnaturalista de tipo racionalista, en boga a partir del siglo XVII.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherEDUCAes
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacionales
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es
dc.sourcePortela, J. G. Orígenes y desarrollo histórico del contractualismo político. Buenos Aires: EDUCA, 2020es
dc.subjectFILOSOFIA POLITICAes
dc.subjectCONTRACTUALISMOes
dc.subjectPOSITIVISMO JURIDICOes
dc.titleOrígenes y desarrollo histórico del contractualismo políticoes
dc.typeLibroes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Portela, Jorge Guillermo. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.languageiso639-1es-
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
crisitem.author.deptFacultad de Derecho-
crisitem.author.deptPrograma IUS-
crisitem.author.parentorgPontificia Universidad Católica Argentina-
crisitem.author.parentorgFacultad de Derecho-
Aparece en las colecciones: Libros/partes de libro
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