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Título : | Persona, familia, sociedad | Autor : | Derisi, Octavio Nicolás | Palabras clave : | PERSONA HUMANA; SER; SOCIEDAD; BIEN COMUN | Fecha de publicación : | 1994 | Editorial : | Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras | Cita : | Derisi, O. N. Persona, familia, sociedad [en línea]. Sapientia. 1994, 49 (193-194). Disponible en: | Resumen : | Resumen: 1. LA PERSONA, ÚNICO SER CAPAZ DE SOCIEDAD: SEA POR INDIGENCIA (EN CUANTO INDIVIDUO), SEA POR SOBREABUNDANCIA (EN CUANTO PERSONA) En esta dualidad constitutiva de la esencia real del hombre, materia y forma, de donde brotan los dos aspectos, individual y personal, de una única realidad humana, tienen su origen las notas antinórnicas y la lucha desgarradora en el interior de su vida: la inclinación a lo terreno, al egoísmo, y la inclinación a lo divino y a la generosidad. Como persona el hombre es un ser espiritual, ordenado a la posesión de Dios en su vida terrena y definitivamente en su vida trascendente e inmortal. Pero como persona-individuo forma parte de un conjunto, es miembro de la sociedad terrena y temporal. Ese ser y vida personal, cuya raíz óntica más profunda es la espiritualidad y cuya razón de ser y fin último es el Ser trascendente, Verdad y Bien infinitos de Dios, en cuya posesión la persona se actualiza, no es forma pura o enteramente espiritual, que realiza la infinitud relativa o total de una especie, como acaece con los espíritus puros (ángeles), es una forma espiritual en y con la materia, que la limita y determina como individuo de la especie. Como tal, y en su vida de homo viator —en camino, hacia la plenitud de su ser por la posesión de su supremo Bien o Fin trascendente— no puede lograr normalmente su plenitud específica, que corresponde a su ser espiritual o persona sin la ayuda y dentro de la comunidad social, como la parte en el todo, como persona-individuo o miembro. de un todo de la sociedad. Porque, si bien es verdad que el hombre es individuo en razón de la materia, y persona en razón de la forma, en el orden real, individuo y persona se identifican y la persona es realmente miembro de la sociedad. Más aún, si en razón de su limitación individual ella necesita de la sociedad, sólo en cuanto persona es capaz de constituir y formar la sociedad, porque sólo en cuanto ser espiritual o personal está en condiciones de forjar una unidad con otros seres en orden a la consecución de un fin aprehendido y propuesto como tal, unidad constitutiva de la sociedad. En síntesis, la necesidad de la sociedad —nos referimos aquí ante todo a la sociedad civil— es propia de una persona individual o miembro de una especie, que ha de menester de ella para suplir y superar su limitación individual y que, por otra parte, sólo puede constituirla en cuanto persona o ser espiritual, capaz de proponerse junto con las demás la consecución de un determinado fin. | URI : | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/13034 | ISSN : | 0036-4703 | Disciplina: | FILOSOFIA | Derechos: | Acceso abierto |
Aparece en las colecciones: | Artículos SAP - 1994 Vol XLIX nro. 193-194 |
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