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Título : Cayo Calígula: del ‘civilis princeps’ al ‘superbus’ autócrata
Autor : Alfaro, Juan Pablo 
Palabras clave : Calígula, Emperador de Roma, 12-41HISTORIA ANTIGUAIMPERIO ROMANOHISTORIA DE ROMA
Fecha de publicación : 2013
Editorial : Coimbra University Press
Cita : Alfaro, J. P. Cayo Calígula: del ‘civilis princeps’ al ‘superbus’ autócrata [en línea]. En: Cerqueira, F. …[et al]. Saberes e poderes no Mundo Antigo : estudos ibero-latino-americanos: volume II. Dos poderes. Coimbra : Coimbra University Press, 2013. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/11020
Resumen : Introducción: En marzo del año 37 d.C., tras la muerte del caesar Tiberio Claudio Nerón, los senadores romanos confirieron a su sobrino nieto e hijo adoptivo, Cayo Julio César Germánico, más conocido por su agnomen “Calígula”, los poderes públicos más importantes que gozaba su tío abuelo. De esta manera, con tan sólo veinticuatro años de edad, Calígula se constituyó en el princeps civitatis, “primer ciudadano”, de Roma y su imperio. En dicho momento, el estado romano estaba organizado políticamente bajo el régimen denominado Principado1 , en alusión a la posición preeminente que ostentaba el princeps. Esta particular forma de gobierno unipersonal, construida progresivamente por Octaviano el Augusto (63 a.C. – 14 d.C.), fue la consecuencia fundamental del agónico proceso de guerras civiles que puso en jaque a la res publica2 romana en el siglo I a.C. El nuevo régimen dio término a estos conflictos que no pudieron ser resueltos en el marco de las instituciones tradicionales. Pero el costo de la nueva pax, fue delegar prácticamente la totalidad del poder en una sola persona: el princeps. Sin embargo, debido a la oscuridad, parcialidad y contradicciones de las fuentes primarias, una definición precisa y concreta de la naturaleza del poder de Augusto y sus sucesores es difícil de consignar. Los problemas jurídicos que ya en la antigüedad provocó la posición del emperador3 y el carácter extraordinario de su poder (PETIT, 1969, p.112 y ss), sugieren que busquemos sus bases, también, en ámbitos ajenos al derecho público. Al respecto, el problema principal lo suscita el hecho que, pese a la instauración del nuevo sistema político, tanto el Senado como las magistraturas, instituciones rectoras del régimen anterior, continuaron formando parte integral de la res publica. El objetivo de esta permanencia ha sido visto por gran parte de la historiografía como una suerte de “fachada republicana” bajo la cual deliberadamente se pretendía ocultar el verdadero carácter autocrático del poder imperial (HOMO, 1928, p.261-263; JONES, 1974, p.103- 104; GRIMAL, 2000, p.79-80)...
Cobertura Temporal: Siglo I
URI : https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/11020
ISBN : 9789892606255
Disciplina: HISTORIA
DOI: http://dx.doi.org/10.14195/978-989-26-0626-2_3
Derechos: Acceso abierto
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