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https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10395
Título: | El Tratado Internacional y su ley aprobatoria en el Derecho argentino | Autor: | Legarre, Santiago | Palabras clave: | DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO; TRATADOS INTERNACIONALES; CORTE SUPREMA; LEGISLACION; DERECHO DE LOS TRATADOS | Fecha de publicación: | 1996 | Editorial: | La Ley | Cita: | Legarre, S. El Tratado Internacional y su ley aprobatoria en el Derecho argentino [en línea]. La Ley. 1996,1996-A. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10395 | Resumen: | Sumario: SUMARIO: I. Introducción. -- II. El caso. -- III. La curiosa situación del inciso perdido. -- IV. ¿Aplicación de la ley o del tratado?. -- V. Publicidad y obligatoriedad de las normas internacionales convencionales. -- VI. "En las condiciones de su vigencia" (Artículo 75, inciso 22, Constitución Nacional). -- VII. Conclusión. ¿Cuál es la relación entre un tratado internacional y su ley aprobatoria en el Derecho argentino? (2) He aquí la cuestión que me propongo indagar en este trabajo, a raíz de una situación particular verificada en nuestro sistema jurídico, que guarda a su vez relación con un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Comenzaré con el análisis del caso, pues él nos conducirá a la situación que a su vez dará pie a un desarrollo teórico. II. El caso Se trata de la causa "Vega Villanueva, Marina y otro s/ querella causa 52.326" (la sentencia de la Corte es del 22 de diciembre de 1994), que fue originada con ocasión de los siguientes hechos. Elbrous Bassiev, de nacionalidad rusa, otorgó poder en su doble calidad de particular damnificado y de apoderado de la empresa extranjera "Sovintervod", a dos abogadas argentinas para querellar por estafa, defraudación y asociación ilícita a los responsables de varias sociedades. Por haber presentado el nombrado documentos que prima facie acreditaban su calidad de apoderado de la mencionada empresa, se tuvo por parte querellante a las letradas, en el doble carácter de representantes de la empresa y de Bassiev. Uno de los imputados, Nikolay Grichenko, alegó ser el actual director de Sovintervod y sostuvo que el poder dado al nombrado Bassiev había sido revocado. Con fundamento en ello, interpuso las excepciones de falta de personería y de falta de acción. Para justificar su carácter de director presentó una escritura pública de revocación de poder celebrada en Buenos Aires y una traducción de la resolución supuestamente tomada en la reunión del Consejo Administrativo de Sovintervod --en Moscú-- por la que se desacreditaba al querellante Bassiev y se le revocaba el poder. Ambos documentos iban acompañados de una nota de la sección consular de la embajada de la Unión Soviética (URSS) en la Argentina que certificaba la firma de Grichenko "quien permanece en el país como director general de la empresa soviética"(3). El juez de primera instancia hizo lugar a las excepciones presentadas por Grichenko. En lo referente a la falta de personería, le reconoció a éste la facultad de otorgar poderes y, por ende, de revocarlos. El magistrado consideró esto "el núcleo de la cuestión" ya que Grichenko, a criterio del juez, había aportado la documentación por la cual se revocaba el poder de Bassiev. Como consecuencia de ello, el juez concluyó que "el andamiaje construido para instar y ejercer la acción penal oportunamente otorgado a los querellantes ha sido dejado sin efecto por el representante genuino de la empresa soviética"(4), y desestimó las impugnaciones formales de la querella... |
URI: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10395 | ISSN: | 0325-366X | Disciplina: | DERECHO | Derechos: | Acceso abierto | Fuente: | La Ley 1996-A, 1996 |
Aparece en las colecciones: | Artículos |
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