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Título : Ante el aborto como politica pública
Palabras clave : ABORTODERECHO A LA VIDAPOLITICAS PUBLICAS
Fecha de publicación : 2020
Editorial : Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho
Cita : Ante el aborto como politica pública [en línea]. Prudentia Iuris. 2020, 89. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10145
Proyecto: Equipo Interdisciplinario sobre Maternidad Vulnerable 
Resumen : El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) ha decidido claramente hacer del aborto, como pretendido derecho garantizado por el Estado, una política pública. Ello resulta evidente de varios hechos ocurridos desde el 13 de diciembre de 2019, apenas asumido el nuevo gobierno, hasta el 31 de enero ppdo.: 1. El 13-12-2019, por Resolución Nº 1/2019 del Ministerio de Salud, se aprobó el “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho (sic) a la interrupción legal del embarazo”. Ello con total respaldo del Presidente de la Nación. 2. El 31-12-2019, en manifestaciones a los medios, el Presidente afirmó que el aborto “es un problema de salud pública”, que “hay que garantizar a la mujer que quiera abortar, la posibilidad de abortar. Y a la mujer que quiera tenerlo, posibilidad de tenerlo” y anunció que “Mi intención es mandar el proyecto en este ejercicio 2020”. 3. Por Decreto del PEN Nº 111/2020, se amplió el temario de Sesiones Extraordinarias del Congreso de la Nación, incluyendo la designación de la Defensora de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, en la persona de la Dra. Marisa Graham, cuya posición favorable a la despenalización del delito de aborto y a su legalización ha sido ratificada por ella misma, lo que conlleva una grave desprotección de los niños por nacer, pues la funcionaria estatal responsable de velar por sus derechos –paradójicamente– no los considera dignos de protección. 4. El 31-1-2020, en conferencia de prensa en el Vaticano, luego de visitar al Papa Francisco, el Presidente ratificó su posición anunciada el 31-12-2019: “Voy a cumplir con mi palabra”. Luego, el 5-2-2020 lo confirmó en París: “Voy a mandar una ley para que termine con la penalización y que permita la atención de cualquier interrupción del embarazo en cualquier centro público”. Ante esta evidencia, las Facultades de Derecho abajo firmantes consideramos un deber ofrecer una respuesta jurídica acerca de la importancia del derecho a la vida y su protección constitucional desde la concepción en el ordenamiento jurídico argentino. Nos encontramos no solamente ante un hecho aislado, decidido por un Ministro de Salud en soledad, sino ante una política de “salud pública” que, partiendo de la falacia de considerar como derecho lo que es un delito, pretende colocar todos los recursos del Estado al servicio de la protección de la eliminación de la vida que está por nacer cuando así sea solicitado...
URI : https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10145
ISSN : 0326-2774
2524-9525 (online)
Disciplina: DERECHO
DOI: 10.46553/prudentia.89.2020.p179-189
Derechos: Acceso abierto
Aparece en las colecciones: PI - 2020 nro. 89

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