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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorBertrán, María Sofíaes
dc.date.accessioned2019-06-06T00:54:33Z-
dc.date.available2019-06-06T00:54:33Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.citationBertrán, M. S. (2016). Una mirada sobre el Derecho a la Vida en el fallo “F., A. L. s/medida autosatisfactiva” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación [en línea] Documento inédito. .Universidad Católica Argentina. Facultad “Teresa de Ávila”. Departamento de Derecho. . Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/5709es
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/5709-
dc.description.abstractIntroducción: El presente trabajo de investigación se enmarca en el Primer Eje Temático propuesto por los organizadores del Primer Concurso de Investigación sobre Derecho Constitucional y Tratados Internacionales, Eje titulado: “Derechos Humanos reconocidos en la Constitución Nacional y los Tratados internacionales”. Se entiende -siguiendo al Dr. Sagüés en este primer concepto- que el Derecho Constitucional es el sector del mundo jurídico que se ocupa de la organización fundamental del Estado. El contenido de lo que es “fundamental” o “no fundamental” para un Estado depende del criterio jurídico-político de cada comunidad. Se refiere así tanto a la estructuración de los poderes básicos del Estado y a la delimitación de las facultades, competencias y atribuciones de éste, como al reconocimiento de los derechos personales y sociales que se reputen esenciales. Al hablar de Derechos Humanos se comprende “una serie de atributos y facultades del individuo como tal, esenciales para su vida y desarrollo”. Son fundamentales para los individuos y para el reconocimiento estatal, y tenidos en consideración por el Derecho Constitucional. Y se advierte que, aquellos que se encuentran positivizados en el orden interno, garantizados por la Norma Fundamental, la Constitución Nacional, ven reforzada su protección. Ahora bien, es interesante observar junto al jurista y filósofo del derecho italiano Francesco D’Agostino que el hecho de “postular un derecho humano no significa únicamente afirmar la existencia de una aspiración, sino mantener abierta la pregunta de cómo hacer que esta aspiración de cada uno sea siempre comprendida y garantizada por alguien, por su irrepetible unicidad. He ahí un movimiento incesante, y hasta vertiginoso, que los juristas han aprendido a dominar, o lo intentan (formalizándolo) pero que por su propia naturaleza supera los formalismos y tiende a reabrirse una y otra vez”...es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.rightsAcceso Abiertoes
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/es
dc.sourceDocumento inédito, 2016es
dc.subjectDERECHO CONSTITUCIONALes
dc.subjectDERECHOS HUMANOSes
dc.subjectDERECHO A LA VIDAes
dc.subjectJURISPRUDENCIAes
dc.subjectCORTE SUPREMAes
dc.titleUna mirada sobre el Derecho a la Vida en el fallo “F., A. L. s/medida autosatisfactiva” de la Corte Suprema de Justicia de la Naciónes
dc.typeDocumento de trabajoes
uca.pathFacultad Teresa de Ávila (Paraná)|Departamento de Derecho|Documentos inéditoses
uca.disciplinaDERECHOes
uca.filename/home/data-uca-generic/folder_generic_common/Envio Parana/Departamento de Derecho/Doc.ineditos/mirada-derecho-vida-fallo/metadata.xmles
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Bertrán, María Sofía. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.grantfulltextopen-
item.fulltextWith Fulltext-
item.languageiso639-1es-
Aparece en las colecciones: Documentos de trabajo
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