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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCarril, Enrique H. deles
dc.date.accessioned2026-07-13T14:46:46Z-
dc.date.available2026-07-13T14:46:46Z-
dc.date.issued2026-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/22123-
dc.description.abstractLa relación entre el Estado y los datos personales de sus ciudadanos es, acaso, uno de los capítulos más inquietantes del constitucionalismo contemporáneo. En ella se reeditan tensiones que recorren toda la historia del Estado moderno: la necesidad de que los poderes públicos cuenten con información para gobernar y la exigencia, por igual imperiosa, de que esa información no se convierta en un instrumento de control o dominación. El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Torres Abad” ofrece una oportunidad inmejorable para reflexionar sobre este equilibrio. En este caso el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de los artículos 5º, punto 2, inciso b, y 11, punto 3, incisos b y c de la Ley de Protección de Datos Personales (ley 25.326), que habilitaban a los organismos del Estado a compartir entre sí los datos personales que cada uno hubiera recopilado, sin necesidad de obtener el consentimiento del titular. Mi objetivo en este trabajo no es reseñar lo que dijo la Corte (aunque será inevitable), sino inferir de la argumentación de la sentencia algunas consecuencias que el Tribunal parece dejar insinuadas pero que no resuelve: la necesidad de definir con precisión cuáles son los límites dentro de los cuales el Estado puede reglamentar el derecho a la autodeterminación informativa. Y mi tesis es que, para responder esa pregunta, conviene volver a una vieja y algo olvidada categoría jurisprudencial.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherEl Derechoes
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceEl Derecho: Revista de Doctrina y Jurisprudencia. Edición Especial - 5 años: Derecho, Innovación & Desarrollo Sustentable. Nro. 31, junio de 2026.es
dc.subjectDERECHO CONSTITUCIONALes
dc.subjectDATOS PERSONALESes
dc.subjectADMINISTRACION PUBLICAes
dc.subjectESTADOes
dc.subjectPROTECCION DE DATOSes
dc.titleEl caso “Torres Abad” (o por qué el azúcar es bueno para nuestros datos personales)es
dc.typeArtículoes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Carril, Enrique H. del. Pontificia Universidad Católica Argentina. Observatorio de la Deuda Social Argentina; Argentina.es
uca.versionpublishedVersiones
item.languageiso639-1es-
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
Aparece en las colecciones: Edición Especial - 5 años: Derecho, Innovación & Desarrollo Sustentable
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