Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20422
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorDepetris, Francisco J.es
dc.date.accessioned2025-09-02T15:25:03Z-
dc.date.available2025-09-02T15:25:03Z-
dc.date.issued2025-
dc.identifier.issn1666-8987-
dc.identifier.otherED-VI-CCXXXVI-752-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20422-
dc.description.abstractLa vertiginosa expansión de las tecnologías digitales ha transformado de manera profunda los modos de celebrar negocios jurídicos. Hoy, buena parte de los contratos –especialmente en el ámbito del consumo– se perfeccionan a través de plataformas virtuales, con mínima o nula intervención humana directa, lo que plantea nuevos interrogantes respecto de la formación del consentimiento y los eventuales vicios que pueden afectar su validez. Dentro del sistema del Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante, CCCN), el acto jurídico requiere, para su validez, de una voluntad exenta de vicios que la afecten en su génesis (arts. 259, ss. y cc.). Entre ellos, el error (o ignorancia) ocupa un lugar de relevancia, en tanto puede invalidar el acto si reviste carácter esencial y reconocible (arts. 265 a 267 CCCN). Sin embargo, cuando la voluntad se expresa por vía de interfaces tecnológicas, el análisis del error como vicio exige –quizás– revisar los criterios tradicionales a la luz de nuevas realidades: partes que no alcanzan a tener interacción real, automatización de procesos, algoritmos que fijan precios, sistemas de carga masiva de ofertas, consumidores que contratan sobre cláusulas predispuestas, entre otros fenómenos propios de la actualidad. El presente trabajo se propone examinar el vicio de error en este nuevo y particular contexto; analizando su configuración legal, los límites que impone el derecho del consumidor y en qué medida las partes recurren (o pueden recurrir) a esa herramienta nulificadora para dejar sin efecto un acto que consideren afectado por ese tipo de anomalía estructural. Para ello, se abordará el régimen del CCCN, la doctrina relevante y se analizarán precedentes jurisprudenciales recientes que echan luz sobre esta materia. El análisis se dividirá en tres partes: la revisión del concepto de acto voluntario en entornos digitales, el régimen del error como vicio del consentimiento y su aplicación concreta en contratos electrónicos de consumo.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherEl Derechoes
dc.rightsAtribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceEl Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 1º de septiembre de 2025 - Nº 16.037es
dc.subjectCODIGO CIVIL Y COMERCIALes
dc.subjectCONTRATOS DE CONSUMOes
dc.subjectCONTRATOS ELECTRONICOSes
dc.subjectVICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOSes
dc.subjectVICIO DE ERRORes
dc.titleActualidad del vicio de error en contratos electrónicos de consumoes
dc.typeArtículoes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Depetris, Francisco J. Investigador independiente; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.languageiso639-1es-
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
Aparece en las colecciones: XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación
Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato
actualidad-vicio-error.pdf97,16 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir
Mostrar el registro sencillo del ítem

Google ScholarTM

Ver en Google Scholar



Este ítem está sujeto a una Licencia Creative Commons Creative Commons