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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorAndereggen, Pedro J. M.es
dc.contributor.authorBarra, Rodolfo Carloses
dc.coverage.spatialEstados Unidoses
dc.date.accessioned2023-11-15T23:00:33Z-
dc.date.available2023-11-15T23:00:33Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationAndereggen, P. J. M., Barra, R. C. “FAL” también está terriblemente equivocado [en línea]. El Derecho. 24 de agosto de 2022. N° 15.366. Suplemento Especial: El caso Dobbs. Reflexiones sobre un fallo de fuerte impacto. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17461es
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17461-
dc.description.abstract“Egregiously wrong” es una expresión inglesa generalmente utilizada para indicar que una conducta, un argumento o una doctrina son “tremendamente equivocados”, sin ofrecer, siquiera, una arista de verdad o acierto. De “tremendamente errónea” califica el fallo Dobbs v. Jackson Women’s Health Organization(1) (2022) al precedente de 1973, Roe v. Wade(2), que declaró al aborto como un derecho constitucional de la mujer; un supuesto derecho que, por no tener norma expresa que lo avalara en el texto constitucional fue “encontrado” por los jueces en los pliegues o sombras del “derecho a la privacidad”(3). O mejor –como carecía la constitución norteamericana de una norma como la contenida en nuestro maravilloso artículo 19 de la Constitución Nacional– en el “debido proceso” de la Enmienda XIV, aunque sacado de su lógica procesal para ubicarlo en una dimensión “sustantiva”: con este GPS la Suprema Corte de Estados Unidos llegaría al “derecho a la privacidad”, para luego estacionarse (aunque no sería el único “parking” posible: puede haber tantos como la imaginación o la ideología lo exijan) en el derecho al aborto. Dobbs sostiene que tal viaje es “egregiously wrong”: no existe un “derecho constitucional al aborto”; es decir, un específico derecho al aborto, garantizado por la Constitución federal, que obligue a los estados de la Unión de tal manera que solo pocas y excepcionales regulaciones quedan permitidas a las competencias estatales...es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherEl Derechoes
dc.rightsAcceso abierto*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceEl Derecho. 24 de agosto de 2022. N° 15.366. Suplemento Especial: El caso Dobbs. Reflexiones sobre un fallo de fuerte impactoes
dc.subjectDERECHO PENAL ESPECIALes
dc.subjectJURISPRUDENCIAes
dc.subjectABORTOes
dc.subjectDERECHO COMPARADOes
dc.subjectBIOETICAes
dc.title“FAL” también está terriblemente equivocadoes
dc.typeArtículoes
uca.disciplinaDERECHOes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Andereggen, Pedro J. M. Corporación de Abogados Católicos; Argentinaes
uca.affiliationFil: Barra, Rodolfo C. Corte Suprema de Justicia de la Nación; Argentinaes
uca.affiliationFil: Barra, Rodolfo C. Ministro de Justicia de la Nación; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
item.languageiso639-1es-
Aparece en las colecciones: El caso Dobbs. Reflexiones sobre un fallo de fuerte impacto
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