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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCompiani, María Fabianaes
dc.date.accessioned2023-11-14T11:10:33Z-
dc.date.available2023-11-14T11:10:33Z-
dc.date.issued2022-
dc.identifier.citationCompiani, M. F. El Derecho de Seguros a 55 años de la sanción de la ley de contrato de seguro: apuntes sobre la necesidad de una reforma [en línea]. El Derecho Edición Especial: Consumidor Digital. 15 de noviembre de 2022. N° 15.423. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17443es
dc.identifier.issn1666-8987-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17443-
dc.description.abstractPromediaba el año 1958 cuando el Poder Ejecutivo Nacional le encargó al Prof. Dr. Isaac Halperin la redacción de un Anteproyecto de Ley de Seguros, el que fue presentado por su autor el 9 de junio de 1959. Aun antes de su presentación, el propio Poder Ejecutivo designó una Comisión Asesora, Consultiva y Revisora que fue la encargada de revisar el mencionado Anteproyecto, y entregó su trabajo en 1961. El informe de la Comisión no fue considerado sino hasta 1967, oportunidad en la cual una nueva Comisión encargada por el Ministro de Justicia revisó el texto del Anteproyecto Halperin modificado por la primera Comisión revisora. Como resultado del trabajo de esta segunda Comisión, se alumbró la promulgación de la ley 17.418, el 30 de agosto de 1967 (LS). Si bien su publicación en el Boletín Oficial aconteció el 6 de setiembre 1967, y su art. 163 disponía su vigencia a partir de los 6 meses desde tal fecha, la ley 17.661 prorrogó ese plazo, lo que determinó que comenzara a regir a partir del 1º de julio de 1968(1). Transcurridos 55 años de su promulgación y más de 60 del Anteproyecto Halperin que sirvió de antecedente, la doctrina y los Tribunales han unificado algunos de los criterios interpretativos relativos a la ley que regula el contrato de seguro en nuestro país, por ejemplo, con relación al funcionamiento de la citación en garantía del asegurador del riesgo de la responsabilidad civil en el proceso de daños promovido por el damnificado, al otorgarle carácter de parte procesal con plenas facultades...es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherEl Derechoes
dc.rightsAcceso abierto*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceEl Derecho Edición Especial: Consumidor Digital. 15 de noviembre de 2022. N° 15.423.es
dc.subjectSEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVILes
dc.subjectSEGUROSes
dc.subjectRESPONSABILIDAD CIVILes
dc.subjectJURISPRUDENCIAes
dc.subjectDAÑOS Y PERJUICIOSes
dc.subjectCODIGO CIVIL Y COMERCIALes
dc.subjectDEFENSA DEL CONSUMIDORes
dc.subjectCORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIONes
dc.subjectOBLIGACIONESes
dc.subjectCONTRATO DE SEGUROes
dc.titleEl Derecho de Seguros a 55 años de la sanción de la ley de contrato de seguro: apuntes sobre la necesidad de una reformaes
dc.typeArtículoes
uca.disciplinaDERECHOes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Compiani, María Fabiana. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales; Argentinaes
uca.affiliationFil: Compiani, María Fabiana. Asociación Argentina de Derecho del Seguro; Argentinaes
uca.affiliationFil: Compiani, María Fabiana. Comité Iberolatinoamericano de Derecho de Seguros; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.fulltextWith Fulltext-
item.grantfulltextopen-
item.languageiso639-1es-
Aparece en las colecciones: A cincuenta y cinco años de la sanción de la ley de seguros
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