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dc.contributor.authorLafferrière, Jorge Nicoláses
dc.date.accessioned2023-07-24T16:58:17Z-
dc.date.available2023-07-24T16:58:17Z-
dc.date.issued2023-
dc.identifier.citationLafferriere, J.N. Análisis de la ley 27.716 de diagnóstico humanizado [en línea]. Anales de Legislación Argentina. Julio 2023 Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16808es
dc.identifier.issn1514-3341-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16808-
dc.description.abstractResumen: El 10 de mayo de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la ley 27.716 titulada “De diagnóstico humanizado” que tiene por objeto “asegurar la contención y acompañamiento de las personas que reciben un diagnóstico de Trisomía 21/síndrome de Down para su hijo en gestación o recién nacido, mediante una adecuada comunicación interpersonal e información objetiva y actualizada de la condición informada” (art. 1°). La ley tiene origen en un proyecto presentado conjuntamente por los senadores Fiad y Cobos el 29 de junio de 2021 (Expte. 1466-S-2021, Diario de Asuntos Entrados 72) que obtuvo aprobación del Senado el 9 de diciembre de 2021 y fue sancionado por la Cámara de Diputados el 19 de abril de 2023. En este primer comentario a la nueva norma legal, me propongo analizar el contexto que motiva la norma a partir de algunas tendencias relacionadas con los diagnósticos prenatal y neonatal, los objetivos de la nueva ley, las acciones que promueve y su alcance en cuanto a la distribución de competencias entre la Nación y las Provincias. Dado que la nueva ley 27.716 debe ser interpretada y aplicada a la luz de todo el ordenamiento jurídico, especialmente de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por ley 26.378 y que cuenta con jerarquía constitucional por ley 27.044, haré referencia a otras leyes al analizar la nueva norma. Al terminar, recapitularé las principales conclusiones del análisis.es
dc.description.abstractSumario: I. Introducción.— II. El contexto: tendencias relacionadas con los diagnósticos prenatal y neonatal.— III. Objetivos y alcances de la ley.— IV. Conclusiones.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherLa Leyes
dc.rightsAcceso abierto*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourceAnales de Legislación Argentina. Julio 2023es
dc.subjectDISCAPACIDADes
dc.subjectSALUD PUBLICAes
dc.subjectSINDROME DE DOWNes
dc.subjectDIAGNOSTICO MÉDICOes
dc.subjectLEY 27.716es
dc.titleAnálisis de la ley 27.716 de diagnóstico humanizadoes
dc.typeArtículoes
uca.disciplinaDERECHOes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Lafferrière, Jorge Nicolás. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.grantfulltextopen-
item.languageiso639-1es-
item.fulltextWith Fulltext-
crisitem.author.deptFacultad de Derecho-
crisitem.author.deptPrograma IUS-
crisitem.author.deptCentro Santa Teresa de Calcuta-
crisitem.author.orcid0000-0003-2600-2226-
crisitem.author.parentorgPontificia Universidad Católica Argentina-
crisitem.author.parentorgFacultad de Derecho-
crisitem.author.parentorgFacultad de Derecho-
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