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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorLegarre, Santiagoes
dc.date.accessioned2020-08-25T18:11:38Z-
dc.date.available2020-08-25T18:11:38Z-
dc.date.issued1991-
dc.identifier.citationLegarre, S. Algunos aspectos de la objeción de conciencia [en línea]. Prudentia Iuris. 1991, 27-28. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10486es
dc.identifier.issn0326-2774-
dc.identifier.urihttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10486-
dc.description.abstractIntroducción: En el libro de Daniel, el relato de lo sucedido a tres jóvenes judíos anos brinda una excelente oportunidad para observar el comportamiento de quienes, con el tiempo, serían llamados "objetores de conciencia". Se nos habla de Anapías, Azarías y Misael que, por no obedecer un mandato del Rey Nabucodonosor, fueron condenados a ser quemados vivos. En efecto, el rey babilónico, luego de haber mandado hacer una estatua dorada representando su persona, ordenó a todos sus súbditos arrodillarse frente a ella. En una ocasión, mientras la estatua era paseada por las calles para que la gente pudiera adorarla, los tres jóvenes mencionados se mantuvieron de pie, ante el estupor de la muchedumbre arrodillada. Lo que ocurría era muy sencillo: los jóvenes sostenían principios religiosos de los que no estaban dispuestos a abjurar, postrándose ante un ídolo metálico. La consecuencia no se hizo esperar: ¡al fuego! Los muchachos no se resistieron en lo más mínimo a la injusta condena. Más aún, la soportaron indemnes, cantando a grandes voces. Tanto es así, que aún hoy se conserva su cántico en algunos devocionarios, bajo el nombre de "Trium Puerorum". Durante los primeros siglos de nuestra era, eran frecuentes los conflictos de conciencia de los primeros cristianos, con las normas seculares que mandaban rendir culto al emperador. Hubo muchos que objetaron estas órdenes, aunque sin realizar marchas de protesta ni buscando adrede desobedecerlas imprudentemente. Sencillamente se limitaron a esperar. Y cuando les llegó el turno de adorar a quien, no era Dios, se negaron a hacerlo, manifestando así públicamente lo que hasta ese, momento objetaban en su fuero interno. Confesaron su fe y pasaron a la historia como mártires, habiéndose dejado quitar la vida con tal de no transgredir sus más íntimas convicciones, o más bien, por amor a ellas. En el siglo dieciséis encontramos un caso típico de objeción de conciencia: Tomás Moro, patrono de esta facultad. A este hombre excepcional no le interesaba oponerse a su rey, desobedeciendo sus mandatos. Por el contrario, ante la insistencia de su mujer para que jurara como súbdito de la nueva Iglesia fundada por Enrique VIII, Tomás Moro afirmaba que nada lo haría tan feliz como agradar a su rey. Por ello buscó evitar toda, forma de enfrentamiento con el monarca. Mas, al verse, obligado a realizar un juramento que consideraba sacrílego, se negó a hacerlo, sufriendo así las consabidas consecuencias. Creernos ver en estos casos, claros ejemplos de objeción de conciencia: son decisiones éticas serias, centradas "en las categorías del bien y del mal, las cuales el individuo experimenta internamente como obligatorias para sí y creadoras de deberes, de tal manera que él no podría actuar contra ellas sin un serio perjuicio a sus principios de moralidad" 1. Esta última observación es impartante, puesto que debe tenerse en cuenta que el objetor, en los ejemplos enumerados, se encuentra ante una disyuntiva que no ofrece una escapatoria intermedia, si se quiere, más suavizada: o cumple la orden y por tanto peca gravemente; o la incumple, sabiendo que esto le acarreará males terribles para su persona, incluso la muerte.es
dc.formatapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherPontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derechoes
dc.rightsAcceso abierto*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/*
dc.sourcePrudentia Iuris. 1991, 27-28es
dc.subjectOBJECION DE CONCIENCIAes
dc.subjectDESOBEDIENCIA CIVILes
dc.subjectJURISPRUDENCIAes
dc.subjectCorte Suprema de Justicia de la Naciónes
dc.titleAlgunos aspectos de la objeción de concienciaes
dc.typeArtículoes
uca.disciplinaDERECHOes
uca.issnrd1es
uca.affiliationFil: Legarre, Santiago. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentinaes
uca.versionpublishedVersiones
item.grantfulltextopen-
item.fulltextWith Fulltext-
item.languageiso639-1es-
crisitem.author.deptFacultad de Derecho-
crisitem.author.deptPrograma IUS-
crisitem.author.deptConsejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas-
crisitem.author.orcid0000-0002-7348-9607-
crisitem.author.parentorgPontificia Universidad Católica Argentina-
crisitem.author.parentorgFacultad de Derecho-
Aparece en las colecciones: PI - 1991 nro. 27-28
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