<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<rss xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" version="2.0">
  <channel>
    <title>DSpace Colección :</title>
    <link>https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20596</link>
    <description />
    <pubDate>Tue, 07 Apr 2026 21:04:49 GMT</pubDate>
    <dc:date>2026-04-07T21:04:49Z</dc:date>
    <item>
      <title>Recompensas entre cónyuges y protección del acervo común. Un comentario a fallo</title>
      <link>https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20614</link>
      <description>Título: Recompensas entre cónyuges y protección del acervo común. Un comentario a fallo
Autor: Gastiazoro, Fernando A.
Resumen: El autor comenta un fallo del Tribunal Colegiado de Familia Nº 3 de la Ciudad de Santa Fe, de especial pertinencia en lo que hace al régimen de recompensas, y cuestiones asociadas a su configuración, determinación, cuantificación y dinamismo. Además de presentar el fallo y su decisión, favorable al cónyuge que reclamaba la recompensa en un caso de realización de mejoras sobre un bien propio, estudia las cuestiones jurídicas implicadas desde la doctrina autoral, y las diversas aristas implicadas.</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20614</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
    <item>
      <title>Lorenzo A. Sojo: un maestro de la vida y el derecho</title>
      <link>https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20613</link>
      <description>Título: Lorenzo A. Sojo: un maestro de la vida y el derecho
Autor: Sojo, Agustín
Resumen: Escribir sobre el Dr. Lorenzo A. Sojo es hablar de una vida que fue un verdadero testimonio de superación, pasión por el derecho y un compromiso inquebrantable con la enseñanza. Marcado por una profunda apertura intelectual y un espíritu dialogante, su historia comenzó cuando se recibió de abogado con diploma de honor el 29 de diciembre de 1965 en la UCA. Fue todo una sorpresa, porque en su humildad siempre nos recordaba que la maestra de primer grado había citado a sus padres porque tenía dudas sobre si lograría terminar la primaria. Pero esa historia temprana de esfuerzo y perseverancia fue la forja de una personalidad que no se rendía y que nos dejó una huella profundamente humana.</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20613</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
    <item>
      <title>Lorenzo Sojo</title>
      <link>https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20612</link>
      <description>Título: Lorenzo Sojo
Autor: Ojea Quintana, Julio
Resumen: Nos conocimos en 1960, hace sesenta y cinco años, cuando ingresamos en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina, recientemente fundada. Allí cursamos los seis años que entonces demandaba la carrera, compartiendo entusiasmos y avatares propios de la vida universitaria. Lorenzo Sojo obtuvo el título de abogado, con diploma de honor, el 28 de diciembre de 1965. Y pasado el tiempo, aunque la vida profesional nos llevó por distintos caminos, la amistad que nos unía y la continuidad de nuestra pertenencia en la UCA hizo que, concluida la actividad curricular y designado él Profesor Consulto, desde el año 2009 pudiéramos colaborar juntos en tareas extracurriculares. Hombre de vastos intereses e inquietudes, la actividad de Lorenzo Sojo reflejaba esas motivaciones. En forma paralela a la administración del establecimiento agropecuario familiar, ejerció ininterrumpidamente la profesión de abogado. Hizo estudios de posgrado, cursando la carrera de Abogado especializado en Derecho Empresario en la misma UCA y la Especialización en Economía en el Centro de Estudios Macroeconómicos en CEMA. Fue miembro del Consejo Consultivo de la Cámara Argentina de Comercio, integrando su Tribunal Arbitral. Desempeñó asimismo la función pública, como Director del Banco de la Nación Argentina. Y fue constante su actividad docente en la UCA, como profesor adjunto y luego titular de la Cátedra de Derecho Civil, en distintas ramas: Personas, Obligaciones y Responsabilidad Civil, Contratos y Familia y Sucesiones. Igualmente, integró el Consejo Directivo de la Facultad de Derecho y el Consejo Docente del diario El Derecho. Más allá del ámbito académico, dictó cursos y conferencias sobre temas jurídicos de su especialidad. Publicó también numerosos artículos sobre esos mismos temas, entre los cuales resulta oportuno recordar uno de los primeros, escrito en 1970, sobre el corrimiento del velo de las personas jurídicas, dos años antes que esa teoría fuera recogida por la jurisprudencia en el conocido caso “Swift-Deltec”.</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20612</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
    <item>
      <title>La lesión y los convenios de partición de la sociedad conyugal</title>
      <link>https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20611</link>
      <description>Título: La lesión y los convenios de partición de la sociedad conyugal
Autor: Lafferrière, Jorge Nicolás
Resumen: En el marco del proyecto de investigación sobre la recepción jurisprudencial de la lesión como remedio del derecho civil ante la vulnerabilidad patrimonial, el equipo de investigación ha relevado los fallos referidos al vicio de lesión dictados por tribunales de todo el país y publicados en sitios oficiales o privados entre el 1-8- 2015 y el 31-7-2024. Entre todas las sentencias encontradas, algunas se relacionan con planteos orientados a la nulidad de los convenios de partición de la sociedad conyugal. Este trabajo se centra en el análisis de ese conjunto de siete sentencias, a fin de analizar cómo ha sido la aplicación de la figura de la lesión en estos actos jurídicos. Cabe advertir que, salvo en el caso de la sentencia de la Provincia de Buenos Aires (2020) en el que el convenio impugnado era de 2018, en el resto de sentencias estuvieron cuestionados convenios anteriores a 2015 y que, por tanto, quedaban regidos en cuanto a su validez por el Código anterior. De allí que se haga referencia en el trabajo tanto al art. 954 del Código Civil Velezano (en adelante CC) como al art. 332 del Código Civil y Comercial (en adelante CCCN). Existe cierto debate sobre la procedencia de invocar este vicio a los convenios de partición de la sociedad conyugal y de allí el interés en analizar los más recientes fallos judiciales sobre el tema.</description>
      <pubDate>Wed, 01 Jan 2025 00:00:00 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="false">https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20611</guid>
      <dc:date>2025-01-01T00:00:00Z</dc:date>
    </item>
  </channel>
</rss>

